96 083 07 64 - 623 15 64 59

Guía para la constitución de Sociedades

Te contamos todos los pasos que tienes que seguir en la constitución de la sociedad, que se inician con el acuerdo de voluntades de los socios de la formación de la misma y  la redacción de los Estatutos, en virtud de los cuales se regirán sus relaciones jurídicas internas.

El contenido de la misma viene definido, para cada uno de los tipos de sociedades mercantiles, en sus respectivas normas reguladoras, si bien los socios fundadores podrán incluir todos aquellos pactos lícitos y condiciones especiales que estimen convenientes, que no sean contrarios a las leyes.

En Defez Asesores, te vamos a asesorar en base a tu actividad,  que tipo de sociedad es más adecuada, personalista, capitalista, sociedad civil, comunidad de bienes, etc, y siempre teniendo en cuenta la responsabilidad de los socios, y la tributación de las mismas.

Redacción de estatutos sociedades

Los estatutos han de constar en la escritura de constitución, bien mediante transcripción literal, bien como documento unido a la misma. En ellos se contienen las normas de organización de la sociedad, regulando las relaciones de la entidad con los socios, y de éstos entre sí, así como la forma de actuar la sociedad en el tráfico frente a terceros.

La normativa específica a cada tipo de sociedad, regulará el contenido mínimo obligatorio de los mismos. No obstante, y con carácter general, los estatutos deberán contener, entre otras menciones:

– Denominación de la sociedad.
– Objeto social
– Domicilio social.
– Duración de la Sociedad.
– Fecha en quedará comienzo sus operaciones.
– Capital social.
– Acciones o participaciones.
– Órganos de gobierno y estructura de los mismos.
– Deliberación y adopción de acuerdos.

Es un error adoptar unos estatutos estándar básicos, que no tengan en cuenta la idiosincrasia de los socios y las características del negocio a desarrollar.  En Defez Asesores, le ayudamos a poner las cláusulas estatutarias acordes con su negocio y el perfil de los socios.

Pactos Para-sociales

Son aquellos pactos que obligan a los socios firmantes y que no se incluyen en los estatutos. En ocasiones, cuando el número de socios es muy pequeño, o bien todo lo contrario, existen situaciones especiales que se necesitan resolver previamente, antes que suceda el problema.  Por ejemplo, ¿que sucede si una empresa tiene dos socios, al 50% cada uno y de repente se enemistan?.  Estas situaciones pueden dar lugar al bloqueo de la sociedad.

En Defez Asesores podemos ayudarles a  evitar este tipo de situaciones antes que ocurran.

Alta 036 Solicitud de NIF provisional

A continuación se procederá a solicitar el NIF provisional, con copia simple de la escritura o documento de acuerdo de los actos,  y una vez lo tengamos, tendremos el número de identificación fiscal que no cambiará a lo largo de la vida de la empresa.  Este NIF provisional debe de ser ratificado, con la escritura inscrita posteriormente.  Indicaremos también cuales son los socios de la sociedad y el órgano de administración, además de su domicilio social y fiscal.

Trámites de liquidación de ITP y Registro Mercantil

Tras la firma de la escritura hay que liquidar el ITP, exento en la constitución y proceder a la inscripción de la escritura en el Registro Mercantil. Una vez la sociedad está inscrita deja de ser una sociedad irregular, para ser una sociedad con todas las garantías jurídicas.  En ese momento ya estamos obligados a presentar el Impuesto de Sociedades, aunque la sociedad carezca de actividad.

 036 Solicitud de NIF Definitivo

Una vez disponemos del NIF provisional, cuando tenemos la sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil, podemos solicitar el NIF Definitivo, que es un documento que debemos de conservar para acreditar nuestro código de identificación fiscal.

036 Alta en Censo de Empresarios

Con este acto,  iniciamos la actividad, que puede ser simultanea con ventas de bienes y servicios  y compras, o bien puede ser comprando previamente para posteriormente vender.  A efectos de IVA, es importante estar dado de alta en este censo para tener derecho a la deducción del IVA soportado sin complicaciones.

Así mismo podemos aprovechar para dar de alta, almacenes, oficinas administrativas externas, y indicar el o los epígrafes en los que se matricula la sociedad.  Este aspecto es muy importante, para estar bien encuadrada, y tiene su seguimiento con el CNAE y lo que hayamos indicado en los estatutos.

Alta en Seguridad Social si dispone de trabajadores

También tendremos que pedir un código de cotización a la Seguridad Social si vamos a contratar trabajadores por cuenta ajena, y deberemos de definir el régimen de Seguridad Social en el que deba de estar el o los Administradores de la misma, en función de su participación en la sociedad.