Asesoría especializada en sucesiones y donaciones
Herencias y Donaciones en la Comunidad Valenciana
En Defez Asesores te ayudamos a planificar, tramitar y liquidar correctamente una herencia o donación en Valencia, analizando antes el coste fiscal y los beneficios que pueden aplicarse en tu caso.
No nos limitamos a presentar el impuesto: revisamos parentesco, residencia, bienes, valoraciones, usufructos, documentación y efectos fiscales para que la operación se realice con criterio y sin errores evitables.
Asesoría de herencias y donaciones en Valencia
Una herencia o una donación no debería analizarse únicamente cuando llega el momento de presentar el impuesto.
En muchos casos, la decisión importante se toma antes: cómo repartir los bienes, si conviene donar en vida, cómo tratar un usufructo, qué valor corresponde declarar, si existen beneficios fiscales o qué efectos puede tener la operación en otros impuestos.
En Defez Asesores prestamos un servicio especializado en Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana, tanto para operaciones sencillas como para patrimonios familiares o empresariales de mayor complejidad.
Nuestro objetivo es realizar la operación correctamente y buscar, dentro de la legalidad, la alternativa fiscal más eficiente para cada familia.
Servicios que ofrecemos en herencias y sucesiones
Analizamos el patrimonio familiar o empresarial antes del fallecimiento para estudiar testamento, reparto, usufructos y posibles beneficios fiscales.
Revisión de documentación, inventario de bienes, valoración, cuaderno particional y coordinación con notaría.
Preparación y presentación del Impuesto sobre Sucesiones, aplicando las reducciones y bonificaciones que correspondan.
Asesoramiento en aceptación, adjudicación y reparto de los bienes entre los herederos.
Calculamos y liquidamos correctamente la extinción del usufructo y la consolidación del dominio en el nudo propietario.
Coordinamos la documentación y, cuando el caso lo requiere, asistimos en el proceso de firma notarial.
Servicios de asesoría en donaciones
Las donaciones requieren especial cuidado porque una operación aparentemente sencilla puede afectar a varios impuestos y exigir requisitos formales para conservar determinados beneficios fiscales.
Analizamos parentesco, documentación, origen de los fondos, medio de pago y tributación del donatario.
Revisamos el Impuesto sobre Donaciones y también las posibles consecuencias para el donante en IRPF y otros tributos.
Estudiamos la transmisión de negocios y patrimonio empresarial y los beneficios fiscales que puedan resultar aplicables.
Preparación y presentación de la autoliquidación correspondiente a adquisiciones inter vivos.
Bonificaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Valencia
La fiscalidad del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones depende en buena medida de la normativa autonómica que resulte aplicable.
En la Comunitat Valenciana existen importantes bonificaciones para las transmisiones entre familiares cercanos, tanto en herencias como en determinadas donaciones.
Entre los posibles beneficiarios se encuentran, según el supuesto y cumpliendo los requisitos legales:
- cónyuges;
- padres y adoptantes;
- hijos y adoptados;
- nietos;
- abuelos;
- y determinados familiares colaterales, con reglas específicas.
La cuantía de las bonificaciones depende del parentesco, del tipo de adquisición y de la normativa vigente en la fecha en la que se produce la herencia o donación.
La autoliquidación debe realizarse correctamente y los bienes, derechos, parentesco y restantes circunstancias deben declararse de forma completa para poder aplicar los beneficios fiscales que correspondan.
Puedes consultar las modificaciones más recientes y ejemplos prácticos en nuestro artículo sobre cambios en Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana .
Donaciones en Valencia: hacer la operación bien antes de transferir el dinero
Uno de los errores más frecuentes es realizar primero la transferencia y preguntar después cómo debe declararse.
En las donaciones de dinero debemos revisar previamente:
- quién dona y quién recibe;
- la residencia fiscal y la normativa autonómica aplicable;
- el importe;
- el origen de los fondos;
- el medio utilizado para transferirlos;
- la documentación de la donación;
- y el plazo para presentar el impuesto.
La normativa valenciana exige requisitos formales específicos para aplicar determinados beneficios fiscales y, en algunos supuestos, resulta necesario justificar adecuadamente el origen de los fondos y los medios efectivos de entrega.
Si estás pensando en donar dinero a un hijo, nieto u otro familiar, puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía sobre el Impuesto de Donaciones en Valencia .
¿Es mejor donar en vida o dejar los bienes en herencia?
No existe una respuesta única. Depende del patrimonio, parentesco, edad, tipo de bienes, plusvalías acumuladas, residencia fiscal, necesidades futuras del donante y reparto previsto entre los herederos.
Antes de realizar una operación estudiamos conjuntamente el coste de donar ahora y el coste previsible de transmitir el patrimonio mediante herencia.
Estudiar mi casoPlazos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana
El plazo general de presentación es de seis meses desde el fallecimiento del causante.
También se aplica este plazo a determinadas consolidaciones de dominio producidas por fallecimiento del usufructuario.
En la Comunitat Valenciana, el plazo general es de un mes desde el día en que se produzca el acto o contrato.
Dejar pasar el plazo puede generar consecuencias fiscales que conviene evitar.
Casos en los que podemos ayudarte
- Ha fallecido un familiar y necesitas tramitar y liquidar la herencia.
- Quieres donar dinero a un hijo para comprar una vivienda o iniciar un negocio.
- Quieres transmitir un inmueble a tus hijos en vida.
- Hay varios herederos y es necesario preparar el reparto de los bienes.
- Existe una vivienda en usufructo y debe analizarse la consolidación del dominio.
- Hay participaciones de una sociedad o una empresa familiar dentro de la herencia.
- Quieres comparar fiscalmente una donación con una futura herencia.
- Existe un heredero no residente o bienes situados fuera de la Comunidad Valenciana.
- Quieres renunciar a una herencia y necesitas conocer antes sus consecuencias.
- Necesitas revisar testamento, legítimas o posibles situaciones de desheredación.
JUAN FRANCISCO DEFEZ GÓMEZ
Experiencia fiscal aplicada a cada herencia y donación
Licenciado en Ciencias Empresariales. por la Universidad de Valencia. Master en Tributación por el Colegio de Economistas de Valencia, Miembro del Registro de Economistas Asesores Fiscales REAF 3107, Miembro EC 118, Experto Contable Acreditado nº 581. Titular de la asesoria Defez Asesores, desde el año 1989. Especialista en temas tributarios y de contabilidad.
Guías sobre herencias y donaciones
Si quieres profundizar antes de tomar una decisión, en nuestro blog fiscal desarrollamos distintos aspectos del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Conceptos básicos, sujetos y funcionamiento general del impuesto.
Leer guía → Impuesto de Donaciones en ValenciaBonificaciones, reducciones, plazos y requisitos aplicables a las donaciones.
Leer guía → Cambios en Sucesiones y Donaciones en la Comunidad ValencianaEvolución de las bonificaciones valencianas, novedades y ejemplos prácticos.
Leer guía → Desheredación en la Comunidad ValencianaLegítimas, causas de desheredación y planificación testamentaria.
Leer guía →Por qué confiar la herencia o donación a Defez Asesores
No tratamos la operación únicamente desde el punto de vista documental: analizamos el coste tributario completo.
Cuando todavía existe margen de decisión, comparamos alternativas antes de firmar o transferir bienes.
Podemos coordinar la parte fiscal con notaría, registros y resto de documentación necesaria.
Prestamos servicio desde Valencia y podemos trabajar a distancia cuando el expediente lo permite.
Preguntas frecuentes sobre herencias y donaciones en Valencia
¿Quién paga el Impuesto sobre Sucesiones?
Lo paga cada heredero o beneficiario por la parte de bienes y derechos que adquiere, conforme a las reglas del impuesto.
¿Quién paga el Impuesto de Donaciones?
El sujeto pasivo es el donatario, es decir, la persona que recibe gratuitamente el dinero, inmueble o bien donado.
¿Existen bonificaciones importantes en Valencia?
Sí. La normativa valenciana contempla importantes beneficios fiscales para determinadas adquisiciones entre familiares, tanto en sucesiones como en donaciones. Su aplicación depende del parentesco, del tipo de operación y del cumplimiento de los requisitos legales.
¿Existen bonificaciones para hermanos, tíos y sobrinos?
La normativa valenciana contempla beneficios fiscales para determinados familiares colaterales, aunque su porcentaje y requisitos dependen del parentesco y de la normativa vigente en la fecha de la adquisición. Conviene revisar el caso concreto antes de presentar el impuesto.
¿Qué plazo tengo para presentar una herencia?
En la Comunitat Valenciana, el plazo general es de seis meses desde el fallecimiento.
¿Qué plazo tengo para presentar una donación?
El plazo general en la Comunitat Valenciana es de un mes desde el día en que se produce el acto o contrato.
¿Es mejor donar una vivienda o dejarla en herencia?
Depende del caso. Hay que comparar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el posible IRPF del donante, la plusvalía municipal, el valor del inmueble y la situación patrimonial futura del propietario.
¿Puedo renunciar a una herencia?
Sí, pero la forma y el momento de la renuncia pueden tener consecuencias fiscales diferentes. Conviene analizar el caso antes de formalizarla.
¿Qué ocurre cuando fallece el usufructuario?
Normalmente se produce la consolidación del dominio en el nudo propietario y debe revisarse cómo tributa esa consolidación en función del origen del usufructo y de la operación inicial.
Cuéntanos tu caso de herencia o donación
Podemos ayudarte tanto si acabas de recibir una herencia como si estás pensando en donar bienes o planificar la transmisión futura de tu patrimonio.