¿Qué es Veri*factu 2025 en palabras simples?

Veri*factu es el nuevo sistema obligatorio de facturación electrónica en España a partir de 2026. Su objetivo es garantizar la integridad, conservación e inalterabilidad de las facturas emitidas, evitando el fraude fiscal.

Dicho de forma sencilla: toda empresa o autónomo que emita facturas deberá usar un software homologado que cumpla con los requisitos marcados por Hacienda.

¿A quién afecta la obligación?

La obligación de utilizar Veri*factu se aplica a todas las empresas y autónomos que emitan facturas en España. No importa el tamaño del negocio: desde un profesional independiente hasta una gran empresa estarán obligados a adaptarse.

Eso sí, la entrada en vigor tiene fases, lo que permite que los pequeños negocios tengan más tiempo para adaptarse.

Requisitos técnicos del software

Para cumplir con la normativa, el software de facturación deberá:

  • Generar un registro de facturación automático, único e inalterable.
  • Garantizar la trazabilidad de cada factura emitida.
  • Evitar cualquier manipulación posterior.
  • Estar preparado para enviar información directamente a la Agencia Tributaria cuando se le requiera.
  • Contar con una certificación o sello que confirme que es compatible con Veri*factu.

Plazos de entrada en vigor y sanciones

El sistema Veri*factu comienza a ser obligatorio en 2026, pero con plazos progresivos. Así, para los autónomos es obligatorio a partir de julio del 2026, pero ya lo pueden utilizar a partir del 1 de enero del 2026 de forma voluntaria.
Todas las empresas sujetas al Impuesto de Sociedades, empiezan el 1 de enero del 2026
Las sanciones por no cumplir con la obligación pueden ser cuantiosas, llegando a los 50.000 € en casos graves.

Cómo saber si tu software cumple

Para comprobar si tu programa de facturación cumple con Veri*factu:

  1. Verifica que el proveedor está registrado como homologado por la Agencia Tributaria.
  2. Comprueba que genera registros automáticos y no modificables.
  3. Asegúrate de que permite exportar información a Hacienda si es requerido.
  4. Solicita al proveedor documentación que lo acredite.
  5. Ante la duda, pide asesoramiento profesional.

¿Quiénes no están obligados a usar Veri*factu?

Empresas adscritas al Suministro Inmediato de Información (SII)

Ya están enviando facturas casi en tiempo real a Hacienda, por lo que quedan exentas del sistema Veri*factu. Esto incluye tanto quienes están obligados como quienes optan voluntariamente por el SII.

Regímenes fiscales especiales y situaciones sin factura obligatoria

  • Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca, y recargo de equivalencia, siempre que no se emita factura obligatoriamente.
  • Actividades para las que no se exige facturar, según el Reglamento de facturación (ROF).
  • Cuando hay una autorización específica de la AEAT para no emitir factura, también exime de cumplir Veri*factu.

Facturación manual pura (sin sistema informático)

Si emites todas tus facturas a mano, con talonarios o máquina, no estás obligado a cumplir Veri*factu (ya que no se utiliza un sistema informático de facturación, SIF).

Territorios con normativas fiscales propias

  • País Vasco (Guipúzcoa, Vizcaya y Álava): aplican el sistema TicketBAI, con efectos equivalentes, por lo que no deben usar Veri*factu.
  • Navarra: también tiene su propia regulación foral, lo que excluye la aplicación de Veri*factu.

En cambio, Canarias, Ceuta y Melilla sí deben adaptarse a Verifactu, como el resto del territorio común.

Autofacturas emitidas bajo acuerdo con cliente en SII

Algunas autofacturas (cuando tu cliente está en SII y tiene autorización para emitirlas) están exentas.

Conclusión práctica

Veri*factu no es una opción: es una obligación legal que marcará un antes y un después en la forma de facturar en España.

Cuanto antes adaptes tu software y tus procesos, menos riesgos y sanciones tendrás que afrontar. La clave es anticiparse y contar con un acompañamiento profesional.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es Veri*factu 2025 y qué significa su nombre?

Es el nuevo sistema de facturación electrónica obligatorio en España desde 2025. El nombre proviene de ‘verificación de facturas’.

¿Cuándo entra en vigor la obligación?

Empresas del Impuesto sobre Sociedades: 1 de enero de 2026. Resto de obligados: 1 de julio de 2026.

¿Los autónomos también deben cumplir?

Sí, todos los autónomos que emitan facturas deberán adaptarse a Veri*factu.

¿Necesito “homologación” de la AEAT?

No. El productor del software certifica el cumplimiento con una declaración responsable; no hay registro ni homologación previa por la AEAT.

¿Cómo comprobar si mi software es compatible con Veri*factu?

Debe estar homologado por la Agencia Tributaria y cumplir con los requisitos técnicos establecidos.