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Artículo redactado por Defez Asesores y actualizado el 19-07-2022.

¿Qué son los principios contables?

Cuando vas a sacarte el carnet de conducir te enseñan una serie de normas y leyes que debes cumplir. En caso de que no existieran estas leyes y normas, sería imposible poder conducir sin poner en peligro la vida propia y la de otros. Es algo lógico ¿verdad?

Pues en el caso de la contabilidad ocurre exactamente lo mismo. Debe de regir una serie de leyes (“principios”) a la hora de llevar a cabo la contabilidad, ya que de otro modo todo sería caos y nadie se podría enterar de nada.

Estos principios permiten cierta libertad para cada empresa, que la convierte en única, pero todas se rigen por los mismos parámetros.

Definición de principios contables según el Plan General Contable

“Los principios contables son aquellos que debe cumplir la contabilidad con el fin de que las cuentas anuales muestren la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa”.

En palabras fáciles: los principios contables son una serie de normas básicas a respetar para que las cuentas muestren una imagen fiel del patrimonio, las finanzas y los resultados que tiene una empresa.

Estos principios contables están estipulados en la Primera Parte del Plan General Contable, bajo el título de “Marco Conceptual de Contabilidad” y son de obligatorio cumplimiento para todas las empresas y entidades obligadas a presentar la contabilidad.

Con la contabilidad se llega a la consecución de una “imagen fiel” en términos de números de una empresa.

Importancia de la Contabilidad

Es indispensable la correcta elaboración de las cuentas anuales, no solamente para el empresario, sino también para otros agentes económicos, en terminología inglesa los stakeholders.

Por ejemplo, los estados financieros (toda la información que vamos a tener de una empresa en términos contables) son como la tarjeta de presentación de una empresa, es decir, el estado real financiero de la misma. Con esta información, un inversor podría decidir invertir o no en una empresa.

Además, toda esta información que hemos mencionado es pública, por lo que es importantísimo que se cumplan los principios contables.

Principios de la contabilidad ¿obligatorios o no?

Aunque ya lo hemos dicho, pero SI, son obligatorios de cumplimiento. Parece que el nombre “principios” puede despistar, pero esto es porque dan cierta libertad para caracterizar a cada empresa, pero todos sin excepción deben de cumplir con cada uno de ellos.

En Defez Asesores nos mantenemos al día con toda la normativa vigente y nos gusta asegurar el buen funcionamiento de las empresas. Visita nuestra asesoría contable y consúltanos cualquier duda que tengas.

Estaremos encantados de responderte.

Los 6 principios contables que están vigentes y ejemplos

Existen un total de 6 principios contables básicos. Vamos a ir desgranándolos.

El principio contable del Devengo

El Plan General Contable (a partir de ahora PGC) lo define así:

“Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro”.

Básicamente viene a decir que todos los ingresos y gastos de una empresa han de anotarse cuando ocurren y no cuando se han cobrado o pagado.

Así conseguimos que la cuenta de resultados de un año refleje los gastos e ingresos que se han llevado a cabo ese año, y nos dan una visión real del patrimonio y de la situación contable de ese periodo.

EJEMPLO PRACTICO

La empresa vende mercancía el 1 de abril y la cobrará en 1 de mayo. Según este principio, la anotación del ingreso se realizará el 1 abril y no cuando se cobre, el 1 de mayo.

El principio contable de Uniformidad

El PGC dice al respecto:

‘Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales’.

EJEMPLO PRACTICO

Llevado a la práctica supone que, si una empresa aplica, por ejemplo, el método FIFO (first in first out) para valorar las existencias, deberá mantenerlo en el tiempo a menos que las circunstancias que la motivaron a elegir este método cambie y sea justificado.

Otro ejemplo, sería el criterio que sigamos con las amortizaciones, que debe de ser sistemático en base a la vida útil, pero claro, podría suceder que pensemos al principio que nos va a durar 5 años y luego veamos que en realidad solo son 4. Pues bien, para esto también tendríamos que considerar si procede una rectificación. Esto nos lo encontramos en la norma de valoración 22 sobre cambios de criterio y errores contables. Lo veremos en otro post.

En la Memoria anual debe de incluirse este cambio.

El principio contable de Prudencia

Por este principio, el PGC dice:

‘Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales’.

En términos claros: diferencia clara entre los ingresos y gastos a la hora de ser registrados. Como hemos dicho, los ingresos se anotarán cuando se devenguen y los gastos en el momento que la empresa tiene conocimiento de ello.

Aquí también hay que englobar que siempre vamos a contabilizar por coste histórico, es decir salvo casos especiales no se produce la revalorización de los bienes, esto es también considerar que estamos aplicando un criterio de prudencia, digamos que se deriva de éste.

EJEMPLO PRACTICO

Si una empresa emite una factura proforma con la venta de un servicio o producto, pero aún no se ha efectuado la venta ni se ha emitido una factura final, el ingreso no debería ser contabilizado en el registro contable.

Principio de No Compensación

De nuevo recurrimos al PGC:

‘Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales’.

Las cuentas de activo nunca deben ser compensadas con las de pasivo, ni ingresos con gastos. Todas deben de valorarse de forma independiente. “Nunca lo que se debe con lo que le deben”.

EJEMPLO PRACTICO

Una empresa decide para simplificar que los intereses que reciben del banco los compensa con los gastos que tiene del mismo banco. Según este principio, no se podría hacer. Por un lado, tendríamos ingresos financieros y por otro lado los gastos que se devengan por el banco.

El principio contable de Importancia Relativa

El PGC dice:

‘Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel’.

Esto viene a decir en resumidas cuentas que, si el incumplimiento de un principio contable    no tiene demasiada relevante en lo que respecta a la imagen fiel de la empresa, puede considerarse la no aplicación del principio contable. Es decir, suaviza la aplicación de los principios contables en algunos casos, cuando no altera la imagen fiel de la empresa.

EJEMPLO PRACTICO

Ejemplos típicos son, por ejemplo, supuestos como la amortización de un inmovilizado. Así, si compramos una impresora que nos cuesta 100 euros y decidimos aplicarla como gasto en el mismo ejercicio, podemos hacerlo aunque sepamos que la duración es superior a un año. Los auditores nos dirían que no tiene materialidad, y además, en el impuesto de Sociedades, todos los inmovilizados nuevos inferiores a 300 euros se pueden considerar gasto del ejercicio. Por lo tanto, pensar en una lámpara, en un cuadro, en cosas de poco importe, y la aplicación de este principio, os solventará muchos problemas.

También puede ser significativo para los supuestos de periodificación de gasto. Si tenemos un gasto de 1200 euros, que se produce en 12 meses, y resulta que la factura es del mes de febrero, en realidad, gasto del ejercicio son solo 1100 euros, mientras que los 100 restantes sería gasto anticipado. Pero por aplicación de este principio, podríamos considerar la totalidad como gasto, dado que tampoco sería material en el impuesto de Sociedades.

Principio contable de Empresa en Funcionamiento

El PGC dice al respecto:

‘Se considerará, salvo prueba en contrario, que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios y criterios contables no tiene el propósito de determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación’.

Básicamente es tener en cuenta el supuesto de que la empresa mantendrá su funcionamiento en un futuro próximo. La contabilidad se lleva de en año en año, es decir, de 12 meses en 12 meses. Pues entender que la empresa seguirá funcionando los próximos 12 meses.

¿Y si no sucede?  Ahora mismo tenemos muchos casos de concursos de acreedores voluntarios, porque no van a poder continuar ejerciendo su negocio. Pues bien, para esos casos no es idóneo aplicar el principio de empresa en funcionamiento. Se aplican los indicados en la resolución del ICAC de octubre 2013 que podéis encontrar aquí: Disposición 11162 del BOE núm. 256 de 2013

Defez Asesores somos expertos en todo los relacionado con la asesoría fiscal y contable. Uno de nuestros productos estrella es el outsourcing contable.

Pregúntanos por este servicio sin compromiso.

Esperamos que os hayan servido de ayuda.

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AUTOR: JUAN FRANCISCO DEFEZ GÓMEZ

Licenciado en Ciencias Empresariales. por la Universidad de Valencia. Master en Tributación por el Colegio de Economistas de Valencia, Miembro del Registro de Economistas Asesores Fiscales REAF 3107, Miembro EC 118, Experto Contable Acreditado nº 581. Titular de la asesoria Defez Asesores, desde el año 1989. Especialista en temas tributarios y de contabilidad.