Artículo redactado por Defez Asesores y actualizado el 10-01-2023.
Muchos contribuyentes a raíz de las nuevas tecnologías realizan apuestas de carácter deportivo, o de juegos de azar, como bingo, ruleta, etc. a través de internet y máquinas dispensadoras situadas en salones de juego y en bares.
En Defez Asesores hemos analizado la información existente en internet, y hemos encontrado con estupor y asombro algún error grueso de información, especialmente en información facilitada por casa de apuestas que de seguir lo allí indicado puede producir errores, especialmente en la determinación de la obligación o no que existe de declarar las ganancias originadas por las apuestas deportivas.
Por eso, Defez Asesores pretendemos dar respuesta a todas las preguntas relacionadas con las ganancias de las apuestas deportivas en 2021.
Parar entender la relación entre ambos, permítenos decir que el IRPF contempla 5 diferentes tipos de rendimientos, a la hora de declarar: rendimiento de trabajo, de capital mobiliario, de las actividades económicas y las ganancias o pérdidas de carácter patrimonial.
Tipos de ganancias Patrimoniales
En este último punto, el denominado ganancias y pérdidas de carácter patrimonial, debemos de destacar dos situaciones:
a) Las que provienen de la transmisión de elementos patrimoniales: Por ejemplo, la venta de un piso a cambio de una contraprestación económica.
Atención: Se trata de la transmisión de elementos patrimoniales, es decir bienes que dejarán de estar en nuestro patrimonio, y esto puede ser no sólo por una compra-venta, sino también por ejemplo por una permuta.
Ejemplo
Un padre le regala un piso que le costó 100.000 euros en el año 2005 a su hija. Actualmente en el año 2021, el valor de mercado de dicho piso es de 180.000 euros.
Pues bien, la hija estaría sujeta como donataria al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, base de 180.000 euros, sin perjuicio de posibles exenciones o reducciones establecidas en la comunidad de residencia de la donataria, pero el padre obtendría una ganancia patrimonial lucrativa por la diferencia entre el valor de mercado y el valor de adquisición.
b) Las ganancias patrimoniales que no provengan de la transmisión de bienes o derechos. Por ejemplo, la obtención de una subvención para la compra de una vivienda, la obtención de una subvención por la compra de un coche eléctrico, y también las ganancias patrimoniales obtenidas en el juego, que es el eje central de nuestro artículo.
Las apuestas en juegos de azar y el IRPF
Las ganancias que hemos obtenido al apostar en apuestas online (existen otros productos de juego online que también englobaríamos aquí, como el casino) entran dentro de las ganancias o pérdidas de carácter patrimonial no derivada de la transmisión de bienes o derechos.
Este tipo de ganancias, deben de integrarse en la base imponible general y lo serán por la diferencia entre lo “invertido” y lo “ganado” ·.
Con anterioridad al ejercicio 2012, las perdidas provenientes del juego no eran deducibles en ningún caso.
En la actualidad se permiten deducir de las ganancias, y teóricamente deben declararse por separado como veremos después, en la medida que dispongamos de dicha información. No obstante, en ningún caso se admite que haya un resultado negativo de pérdida como consecuencia del juego online. (Art. 33.5.d) de la Ley de IRPF.
¿Cuándo tengo que declarar las ganancias de las apuestas online?
Pero no siempre existe la obligación de declarar las ganancias patrimoniales originadas por el juego, y esto está muy mal explicado en diferentes páginas webs dedicadas al mundo del juego, por lo que vamos a explicarlo bien y con ejemplos, para que, de una vez por todas, todos los lectores sepan cuando existe la obligación de declarar.
Obligación de declarar las ganancias derivadas del juego. Errores Frecuentes
Para el ejercicio 2021, al igual que en el ejercicio 2020, nos debemos de ir al art. 94 del Reglamento del IRPF que es el que nos indica cuando existe la obligación de declarar.
Cuando vemos hay dos grandes bloques, que son incompatibles entre sí y no podemos mezclar los supuestos, o son los que se producen en el punto 1º o son los que se producen en el punto 2º.
Así, en diversas webs, para el ejercicio 2020: se afirma (probablemente porque se copian unas a otras)
a) que si se superan los 1.600€ de ganancia a lo largo de 2020 en concepto de ganancias patrimoniales, debemos de declarar. à MAL
Esto es un grave error. Si partimos que obtenemos rendimientos del trabajo, inferiores a 22.000 euros, pero obtenemos cualquier tipo de ganancia en el juego, aunque sean 100 Euros, ESTAMOS OBLIGADOS a declarar justo por esa ganancia, porque la exención de los 1.600 euros, lo es para las ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta, (salvo las que provienen de IIC).
b) Que también se debe declarar cuando las apuestas superar los 1.000€ y además percibimos en rendimiento de trabajo un salario mayor a 22.000€. à MAL
Cuando percibimos un salario superior a 22.000 de un único pagador o bien si tienes más de uno que los mismos en su conjunto no superen los 1.500 euros, estamos obligados a declarar en todo caso, por lo tanto, nuevamente deben declararse todas las ganancias patrimoniales que procedan del juego.
Por lo tanto, vamos a explicar bien, y con distintos ejemplos, como se tributará cuando se obtienen ganancias en el juego on-line, partiendo de los siguientes supuestos:
1er Supuesto: El contribuyente no estaba obligado, porque tiene unos ingresos provenientes de un único pagador de menos de 22.000 euros, además tiene un plazo fijo que le ha producido unos intereses de 15,00 euros, y ha vendido un fondo de inversión sujeto a retención del 19% cuyo rendimiento ha sido de 1.500 euros.
Con estos datos, el contribuyente no tendría obligación de hacer declaración, y esto es así porque se encuentra dentro del grupo 1º del cuadro anterior.
¿Qué pasa si obtiene 300 euros provenientes de ganancias en el juego on-line?
Pues con los mismos datos, estaría obligado a realizar la declaración, porque la norma del IRPF no contempla que este tipo de ganancias no sujetas a retención tenga exención alguna dentro del grupo 1º, si nos fijamos, dentro de la sección de rentas inmobiliarias imputadas y demás posibles ingresos no sujetos a retención no se contemplan las ganancias en el juego on-line, tan solo se encuentran las subvenciones de adquisición de viviendas o otras ganancias provenientes de entidades públicas.
Por lo tanto, en este supuesto, estamos obligados a realizar la declaración, por la totalidad de los rendimientos obtenidos, incluyendo las ganancias patrimoniales obtenidas en el juego online.
2º Supuesto: El segundo supuesto delimitante de la no obligación de declarar, lo es cuando el conjunto de ingresos que obtiene el contribuyente ya sea que estén sujetos a retención o no, no supere los 1000,00 euros.
Ejemplos prácticos de aplicación de la obligación de declarar las apuestas deportivas:
Para que no les queden dudas, veamos diversos supuestos:
Ejemplo 1
Un contribuyente obtiene rendimientos del trabajo de 500,00 Euros, ha soportado una retención de 10,00 Euros, así mismo obtiene ganancias en el bingo, por cuantía de 400.00 Euros. No tiene más ingresos.
¿Está obligación a presentar declaración?
Su conjunto de ingresos sometidos a retención, o NO, no alcanza los 1.000 Euros. Pero le interesa hacer la declaración porque le saldrá a devolver por cuantía de los 10.00 Euros.
Ejemplo 2
Mismo supuesto que en el caso 1, pero las ganancias en el juego son de 900,00 Euros.
En este caso está obligado a presentar declaración, porque el conjunto de ingresos asciende a 1.400,00 euros que es superior a 1.000 euros.
Además, le interesa hacer la declaración porque le devolverán los 10,000 euros que soportó con ocasión de su trabajo ocasional.
Ejemplo 3
Se trata de un estudiante, que solo ha obtenido unos ingresos de 1400 euros jugando a la ruleta on-line. ¿Está obligado a realizar la declaración? ¿Tendrá que pagar algo?
Sí, esta obligado, porque por el segundo apartado, obtiene ingresos superiores a 1.000 euros. No tendrá que pagar nada, porque hasta el mínimo familiar, que es de 5.550 euros, suponiendo que esté soltero, es una renta mínima que no se grava, y por lo tanto le saldrá la declaracion NEGATIVA.
Ejemplo 4
Un trabajador, que obtiene rentas procedentes del trabajo por cuantía de 6.000 euros, y además obtiene por apuestas deportivas una ganancia de 3.000 euros.
Está obligado a declarar, aunque sus rendimientos del trabajo son inferiores a 22.000 euros, obtiene otro tipo de rentas no contemplados en los distintos apartados del supuesto 1º, que son las ganancias por apuestas deportivas.
Ejemplo 5
Un trabajador obtiene rentas procedentes del trabajo por 6.000 euros y además ha obtenido una pérdida de 600.00 euros jugando al bingo.
No está obligado a declarar porque las pérdidas netas derivadas del juego no se consideran pérdidas patrimoniales, por el art. 33.5.d) de la ley de IRPF.
¿Cómo se calcula la ganancia patrimonial para el IRPF?
Para encontrar la respuesta, debemos dirigirnos a la Ley del IRPF (LIRPF). En su artículo 33 y siguientes nos marcan qué son y las normas de valoración de las ganancias y pérdidas patrimoniales.
Básicamente, podemos decir que la ganancia patrimonial es la diferencia entre el importe obtenido y los importes invertidos o gastados para su obtención.
Tenemos que puntualizar, que no se trata de cuantías retiradas del monedero electrónico de la casa de apuestas, sino de ganancias efectivas o reales, tampoco hay que declarar por supuestas ganancias potenciales, no realizadas.
Tipo de gravamen a aplicar
El tipo que se aplica va dependiendo de la base a la que se aplica (base imponible general o base imponible de ahorro). Los ingresos que se derivan de las apuestas online y el juego de azar, al no ser una transmisión, deben ir a la base imponible general. Y según las cuantías, tendremos un tipo u otro:
Estos porcentajes y cuotas son los que se aplican al 50% de la base liquidable, dado que el otro 50% está cedido a las comunidades autónomas y todas ellas han regulado sus tramos y porcentajes. Por lo tanto, podemos encontrarnos en supuestos muy altos de tributación, con diferencias de hasta 6 puntos entre las diferentes comunidades.
Para el supuesto de la Comunidad Valenciana, tiene regulada la siguiente tarifa:
Por tanto, el tipo marginal máximo aplicable para residentes en la Comunidad Valenciana en el ejercicio 2021 será del 54% (29,5% + 24,5%) lo que supone un incremento máximo de 6 puntos respecto al ejercicio 2020.
Estas subidas de tipos únicamente tendrían impacto para aquellos contribuyentes cuya base liquidable general sea superior a 140.000 euros, en la medida en que los tipos de gravamen aplicables a bases liquidables inferiores continúan siendo los mismos que en 2020.
Como vemos, en la Comunidad Valenciana, cuando el contribuyente tenga una base liquidable previa a las ganancias obtenidas en el juego de más de 140.000 Euros, acabará tributando el 54% de dichas ganancias.
¿Cómo se calcula la ganancia en juegos de azar y apuestas online?
Primero debemos de tener en cuenta que las ganancias en el juego online van de año natural en año natural. En general, las casas de apuestas y demás te suelen dar un informe para facilitarte esta tarea. Sin embargo, el cálculo es muy fácil:
Saldo a 31 de diciembre – Saldo a 1 de enero – ingresos + retiradas
Para entenderlo mejor, veamos un ejemplo:
A principios del año 2020 ingresé 1000 euros, en mi cuenta de la casa deportiva, con el ánimo de realizar apuestas a lo largo del ejercicio. A lo largo del año realicé otros ingresos de 1.500 Euros, y también retiradas por valor de 4000 Euros. A 31 de diciembre tenía 6.000 euros.
Pues bien, mi ganancia es de 6000-1000-1500+4000 = 7500 euros.
El error típico que sucede aquí, es que algunos contribuyentes, creen que solo es ganancia el importe que han sacado de la cuenta y lo han llevado a su cuenta bancaria.
Así en el caso anterior, podrían considerar que la ganancia es de 4.000 euros, o incluso de 4000 que es el importe retirado menos el importe aportado al inicio de 1.000 euros, es decir de 3.000 Euros. Esto es un error.
Recordemos que las casas deportivas disponen de informes de los importes de las ganancias que el contribuyente acumula que, igual que están disponibles para el mismo, lo están también para la administración.
En el modelo del IRPF, se puede reflejar en las siguientes casillas:
(En el IRPF, casillas 282 y 287; la diferencia en la 290 (diferencia que tiene que ser positiva).
Como comentamos al principio, las casas de apuestas suelen facilitarte la información para que tengas todos los datos necesarios para rellenar estas casillas. De no ser así, también podrías usar la casilla 304 para poder el poner el dato final de pérdida o beneficio (esta casilla es “otras ganancias y/o pérdidas patrimoniales”).
Defez Asesores somos expertos en materia fiscal.
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¿Qué ocurre si no declaro mis ganancias en los juegos de azar?
Hacienda no es tonta. Conoce nuestra vida económica y, como todo, no llevar a cabo una obligación significa cometer una infracción tributaria, incluso aunque de su declaración no se derivada cuota tributaria alguna.
Si no hay cuota tributaria, la cuantía de la sanción, puede quedar reducida a 100 euros, bajo cierto supuestos.
Si hay cuota tributaria, y la ha descubierto la administración, la sanción se califa como grave, con multa que puede ir desde el 50% al 150% de la cuantía defraudada, cuando se dan supuestos especiales, como reincidencia, ocultación, etc.
Si la situación se regulariza sin que haya intervenido Hacienda, simplemente se practicará un recargo. Los recargos que se aplicaban hasta la aprobación de la nueva Ley de Prevención del Fraude fiscal eran según los meses transcurridos de 3, 6 y 12 del 5%, 10% ó del 15% respectivamente. Pasados esos 12 meses, el recargo era del 20% y además se cobraban intereses de demora.
Con la aprobación de la nueva Ley contra el fraude Fiscal, por motivos de proporcionalidad y justicia tributaria, se modifica el sistema de recargos por extemporaneidad estableciéndose un sistema de recargos crecientes del 1 por ciento por cada mes completo de retraso sin intereses de demora hasta que haya transcurrido el periodo de doce meses de retraso.
A partir del día siguiente del transcurso de los doce meses citados, además del devengo del recargo del 15 por ciento, comenzará el devengo de intereses de demora, igual que con la legislación anterior. Asimismo, se excepciona de dichos recargos a quien regularice una conducta tributaria que lo haya sido previamente por la Administración tributaria por el mismo concepto impositivo y circunstancias, pero por otros periodos, no habiendo sido merecedora de sanción, siempre que se regularice en un plazo de seis meses desde la notificación de la liquidación.
Ejemplo de aplicación
Un trabajador ha presentado su declaración de Renta del 2020, por una cuantía de 900 euros a ingresar.
Al leer este artículo se da cuenta que debe de incluir unos ingresos que obtuvo de unas apuestas online que le generó una ganancia patrimonial de 2000 euros.
Realiza la declaración complementaria de su declaración de renta, que le sale una cuantía a ingresar de 520,00 euros.
Los recargos que deberá de pagar, por haberlo hecho en periodo voluntario serán los siguientes:
a) Si la declaración complementaria la realiza en el mes de Julio, un 1% de la cuantía a ingresar, siendo pues el total de 52,00 euros.
b) Si la declaración complementaria la realiza en el mes de octubre, como han transcurrido más de 3 meses desde que finalizó la obligación de declarar, el recargo será del 4%, y por tanto el importe a pagar será de 208,00 euros.
El recargo le será exigido por la AEAT una vez comprueba que el contribuyente no aporta justificación que pudiera eximirle del mencionado recargo. Le enviará la resolución con un modelo 002 para que pague dicho importe en plazo voluntario.
Se aplicarán los nuevos recargos, por ser más beneficios para el contribuyente, una vez ha entrado en vigor la modificación del Art. 27.2 de la Ley General Tributaria.
Preguntas frecuentes sobre la tributación de las apuestas deportivas y juego online
Esta sección hemos querido aportarla para poder resolver otras dudas que se tienen al respecto y son de respuesta rápida y corta.
Si no retiro dinero, ¿debo declarar las ganancias?
Como ya hemos indicado, sólo se tiene en cuenta las pérdidas y/o ganancias que se tienen. Es irrelevante que el contribuyente saque o no dinero de esas cuentas que tenga con el operador del juego online.
He obtenido bonos de entrada gratis, ¿me afecta a la hora de declarar?
Es muy común que se realicen bonos en las casas de apuestas para fidelizar clientes y para conseguir nuevos. La respuesta a la pregunta es sí.
Un ejemplo muy sencillo: Si ingreso 100 y la casa me regala 50, estoy obteniendo un beneficio de 50 extras que habrá que sumar a final de año, siempre que obtenga ganancias.
Así, si al final del año tengo en la cuenta 150,00 euros habré obtenido una ganancia de 50.00 euros.
Por tanto, todos los bonos y promociones son considerados como una ganancia y habrá que tenerla en cuenta a la hora de declarar.
“Los comentarios que se efectúan a lo largo de este artículo constituyen la opinión personal del autor, y en algunos casos contrastada con otros autores. El autor no aceptará responsabilidades por las eventualidades en que puedan incurrir las personas o entidades que actúen o dejen de actuar como consecuencia de las opiniones, interpretaciones e informaciones contenidas en este artículo”
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AUTOR: JUAN FRANCISCO DEFEZ GÓMEZ
Licenciado en Ciencias Empresariales. por la Universidad de Valencia. Master en Tributación por el Colegio de Economistas de Valencia, Miembro del Registro de Economistas Asesores Fiscales REAF 3107, Miembro EC 118, Experto Contable Acreditado nº 581. Titular de la asesoria Defez Asesores, desde el año 1989. Especialista en temas tributarios y de contabilidad.
Buenos días, simplemente es por aprender, me podría informar en que consisten las casillas 283,284 y 285 este mismo apartado, por mas que busco no encuentro una explicación concreta.
Gracias
Un Saludo
TRG
Hola Tomás:
Nosotros atendemos dudas de carácter general sobre la interpretación del artículo o post que realizamos, pero no atendemos casos concretos de los usuarios. Si alguien desea contarnos su caso específico, puede escribirnos con el formulario online y agendar una reunión con nosotros para tratar la problemática en cuestión (con las tarifas que aplicamos).
En caso de realizar varios ingresos en diferentes cuentas, generando retiradas e ingresos esporádicas pero en la sumatoria anual es negativo, tendremos que declararlo igualmente?
Hola: Todo depende de sí tiene otros tipos de rendimientos. Las ganancias patrimoniales no se declaran si en su conjunto no exceden de 1000 euros junto con el resto de rendimientos.
Si hay perdidas, también se declaran en la medida que superen los 500 euros.
Soy estudiante, solo tengo un trabajo temporal de verano en el que gano 2100€, en casino he ganado 7500€. Ahora bien, como lo retiro? Que tengo que hacer?
Que pasa si se gana 30000 euros en un casino online extranjero?
Las personas residentes en España tributan por su renta mundial, da igual dónde se haya generado, en este caso en el extranjero. por lo que la respuesta es sí.
Cuestión distinta es si realmente la administración tributaria puede tener conocimiento directo de ello, ahora bien, si esos importes figuran en cuentas bancarias, Hacienda puede detectar un incremento de patrimonio de un año a otro y considerar que no es justificado y entonces realizarle una notificación de requerimiento para que lo aclare.
Decís que lo vais a explicar de forma clara de una vez por todas y está fatal redactado. Un lío, vamos.
Hola, Luis. Muchas gracias por su opinión.
Trataremos de revisar el post y dejarlo más claro.
Hola, si tengo mi trabajo y el computo global del año en casas de apuestas es negativo aunque tenga retiradas de dinero, tambien tengo que declarar si son perdidas??
Sí , debes declarar tanto las ganancias como las pérdidas, aunque compensándose entre sí te llevan a un resultado global de pérdidas.
Una consulta, si estoy desempleada y no tengo ingresos de ningún tipo pero genero entre apuestas deportivas y ruleta netos 1700€ tendría la obligación de declararlos?