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Artículo redactado por Defez Asesores y actualizado el 10-01-2023.

¿Qué es la cuota de autónomo?

Si eres de los valientes que deciden emprender un negocio por cuenta propia y quieres saber qué obligaciones vas a tener, en Defez Asesores estamos para hacerte la vida mucho más fácil. Por eso, te explicamos a continuación todo lo que necesitas saber:

Una vez dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) deberemos pagar mensualmente lo que llamamos la “cuota de autónomos”. De esta forma, cotizan desde el inicio de su actividad y normalmente el pago se realiza cuando finaliza cada mes a las administraciones de la Seguridad Social (suele ser un pago domiciliado).

Ten en cuenta que esto deriva también en unas obligaciones fiscales con Hacienda. Significa básicamente que deberemos pagar IVA, IRPF y otros tributos.

Importante también mencionar que, de cara al IRPF, la cuota de autónomo es un gasto deducible.

¿Cómo se calcula la cuota de autónomo?

El cálculo de la cuota va en función de un porcentaje que se aplica sobre la “base de cotización”. Esta base es una estimación del sueldo que vas a tener, entre un mínimo y un máximo.

Este mínimo y máximo lo establece el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado. De esta forma, el Estado puede decidir subirlas, bajarlas o congelarlas. Un ejemplo de ello lo tenemos en el RD-ley 28/2018 del 28 de diciembre, donde se estableció un incremento del 1,25% en la base mínima de 2019, entre otras cosas.

Cuota de autónomo en 2022

Para que te hagas una idea, estos son las cuotas mínimos y máximos en 2021 para un autónomo:

Cuota mínima: 286.1 euros.

Cuota máxima: 1233.2 euros.

El tipo general es el porcentaje que se aplica a estas bases para calcular las cuotas mensuales. Para 2022, de momento, estamos hablando de un tipo general del 30.3%.

Ejemplo práctico

La cuota a aplicar en 2022 como base mínima es de 944.40 euros y sabemos que el tipo general es del 30.3%. Por tanto, el 30.3% de 944.40 euros son 286.15 euros.

Estos 286.15 euros es la cuota mínima que un autónomo debe pagar a la seguridad social.

Desgranando el tipo general en 2023

El tipo general es la suma del tipo de varias contingencias. Estas son:

  • Contingencias comunes: 28.30%
  • Contingencias profesionales: 1.1%
  • Cese de actividad: 0.8%
  • Formación Profesional: 0.1%

Estos cuatro puntos suman el 30.3% que aplicamos a las bases de cotización. Cuando el Estado decide modificar uno de estos puntos, el tipo general obviamente sube o baja en función de la suma total.

Bonificaciones a la cuota de autónomos 2023

Cuando uno emprende por primera vez como autónomo, existe lo que llamamos la tarifa plana para nuevos autónomos, que es una ayuda muy importante, ya que va a suponer pagar mucho menos los primeros meses.

De este modo, las nuevas altas estarán pagando una cuota mensual de 60 euros los primeros 12 meses. Esto es lo que llamamos el tramo 1.

En el tramo 2, desde el mes 12 al 18, estamos hablando del 50% de reducción, pero, OJO, en las contingencias comunes. Para 2021, estamos hablando del 50% del 28.30%, es decir, 14.30% para las contingencias comunes (sumado al resto, forman el tipo general). En la base mínima, hablamos de 141.65 euros.

Tramo 3: meses 18 al 24. Igual que en el tramo 2, pero la reducción es del 30%. La cuota mínima es de 198.31 euros.

En el tramo 4 hablamos del mes 24 al 36. Este tramo reduce el 30% de la contingencia común pero solo para menores de 30 años y autónomas menores de 35 años. Por tanto, hablamos de una cuota mínima de 198,31 euros.

Prestaciones sociales por derecho al pagar la cuota de autónomo

Estar de alta en el RETA da derecho a una serie de prestaciones sociales y coberturas, generalmente en las mismas condiciones que los trabajadores del Régimen General.

Estas son, entre otras:

  • Asistencia sanitaria
  • Prestación por incapacidad temporal
  • Prestación por incapacidad permanente
  • Prestación por baja por paternidad y maternidad
  • Prestación por baja de riesgo durante el embarazo y lactancia
  • Jubilación

Autónomos Societarios y autónomos con más de 10 trabajadores 2023

Los autónomos societarios y aquellos que tengan 10 o más trabajadores, deberán hacer frente a otras bases. Estas son:

Cuota mínima: 367.8 euros

Cuota máxima: 1233.2 euros

Según los tribunales, estos autónomos tienen derecho a la tarifa plana antes mencionada.  La Seguridad Social ya admite el criterio de los tribunales, y de hecho, está realizando las devoluciones de las cuotas abonadas de forma indebida por los autónomos que las solicitan.

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